Visados
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Fácil obtención de visados
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Este visado permite estancias en el área Schengen de hasta 90 días (en cualquier período de 180 días) por razones de turismo, negocios, visita familiar, tratamiento médico, para realizar estudios, prácticas no laborales o actividades de voluntariado de duración no superiror a 90 días, o para otras actividades que no tengan carácter lucrativo.
Documentación necesaria:
- Pasaporte en vigor.
- Seguro médico de viaje.
- Documentos que acrediten el motivo del viaje y las condiciones de la estancia, la disponibilidad de medios económicos suficientes, y que permitan establecer la intención del solicitante de abandonar el espacio Schengen antes de la caducidad del visado.
Para más información acerca de la documentación necesaria, ponte en contacto con Gestivisas.
Los ciudadanos extranjero extracomunitarios que deseen viajar y permanecer en España en un periodo superior a 90 días para cursar sus estudios en centros educativos públicos o privados, realizar actividades de investigación o formación, prácticas no remuneradas, participar en intercambios de alumnos o llevar a cabo servicios voluntarios, deberán solicitar un visado de estudios.
Documentos necesarios para el estudiante
- Pasaporte en vigor.
- Prueba de la admisión.
- Prueba de la disponibilidad de medios económicos.
- Seguro de enfermedad.
- Certificado de antecedentes penales.
- Certificado médico.
- Prueba de la identidad y capacidad del representante.
- Autorización de los representantes legales.
Para más información acerca de la documentación necesaria, ponte en contacto con Gestivisas.
Los familiares de los ciudadanos de la Unión Europea tienen derecho a obtener un visado con carácter preferente y gratuito, siempre que acompañen al ciudadano de la Unión, o vayan a reunirse con él.
¿Qué familiares podrá reagrupar el residente?
- El cónyuge, no separado de hecho o de derecho.
- Los hijos del reagrupante, los del cónyuge o pareja, incluso los adoptados, y los representados legalmente por el reagrupante, menores de 18 años.
- Los progenitores (padre o madre), mayores de 65 años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España.
Documentación necesaria:
- Pasaporte en vigor.
- Documentos que prueben la relación de parentesco con un ciudadano de la Unión.
- En el caso de los hijos mayores de 21 años, ascendientes y otros familiares, documentos que prueben que viven a cargo del ciudadano de la Unión.
- Documentos que prueben que el solicitante viaja junto al ciudadano de la Unión.
Para más información acerca de la documentación necesaria, ponte en contacto con Gestivisas.
Visado de estancia o de residencia para extranjeros que realicen una inversión significativa de capital. Se admite la inversión realizada a través de una persona jurídica, siempre que no tenga su sede en un paraíso fiscal, y siempre que el inversor posea, directa o indirectamente, la mayoría de sus derechos de voto y la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de su órgano de administración.
También pueden obtener el visado los siguientes familiares del inversor:
- El cónyuge o pareja de hecho.
- Los hijos menores de edad y los mayores de esa edad que dependan económicamente del trabajador y que no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar.
- Los ascendientes que estén a cargo del trabajador.
Documentación necesaria
- Pasaporte en vigor.
- Documentos que acrediten la inversión.
- Documentos que prueben la disponibilidad de medios económicos propios suficientes.
- Certificado de antecedentes penales.
- Seguro de enfermedad.
- Prueba la identidad y capacidad del representante: si se solicita el visado a través de representante.
Para más información acerca de la documentación necesaria, ponte en contacto con Gestivisas.
Visado para residir en España sin realizar una actividad lucrativa (laboral o profesional) siempre que disponga de medios de subsistencia garantizados y suficientes. Este visado no autoriza a trabajar.
Pueden obtener también el visado los siguientes familiares:
- El cónyuge o pareja de hecho.
- Los hijos y los ascendientes a cargo que formen parte de la unidad familiar.
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud de autorización de residencia no lucrativa.
- Pasaporte en vigor.
- Prueba de la disponibilidad de medios económicos.
- Seguro de enfermedad.
- Certificado de antecedentes penales.
- Certificado médico.
Para más información acerca de la documentación necesaria, ponte en contacto con Gestivisas.
Visado para mayores de 16 años que se propongan realizar en España una actividad laboral por cuenta propia.
Para obtener un visado de trabajo por cuenta propia, es necesario tramitar primero una autorización de residencia inicial y trabajo por cuenta ajena. Por ello, el procedimiento consta de dos fases:
Documentación para la autorización de residencia inicial
- Impreso de solicitud de autorización de residencia inicial y trabajo cuenta propia.
- Pasaporte.
- Autorizaciones y licencias de actividad.
- Capacitación y cualificación profesional.
- Proyecto de establecimiento o actividad.
- Medios económicos: documentos que acrediten que el solicitante cuenta con medios económicos suficientes para realizar la inversión prevista o con el compromiso de apoyo de instituciones financieras u otras.
Documentación para el visado de trabajo por cuenta propia
- Pasaporte.
- Certificado de antecedentes penales.
- Capacitación y cualificación profesional.
- Certificado médico.
- Prueba de identidad
Para más información acerca de la documentación necesaria, ponte en contacto con Gestivisas.
Visado para mayores de 16 años que se propongan realizar en España una actividad laboral por cuenta ajena (con contrato laboral). Incluye las actividades laborales de temporada.
Documentos necesarios
- Pasaporte en vigor.
- Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena.
- Contrato de trabajo.
- Certificado de antecedentes penales.
- Certificado médico.
- Prueba la identidad y capacidad del representante: si el solicitante es menor de edad.
Para más información acerca de la documentación necesaria, ponte en contacto con Gestivisas.
Visado para extranjeros que se trasladen a España con el fin de llevar a cabo los trámites para desarrollar una actividad emprendedora de carácter innovador con especial interés económico para España.
También pueden obtener el visado los siguientes familiares del emprendedor:
- El cónyuge o pareja de hecho.
- Los hijos menores de edad y los mayores de edad que dependan económicamente del trabajador y que no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar.
- Los ascendientes que estén a cargo del trabajador.
Documentación necesaria
- Pasaporte en vigor.
- Informe favorable sobre el proyecto.
- Medios económicos: que prueben la disponibilidad de medios económicos propios suficientes, o que acrediten una fuente de percepción periódica de ingresos para el emprendedor.
- Certificado de antecedentes penales.
- Seguro de enfermedad.
- Prueba la identidad y capacidad del representante: si se solicita el visado a través de representante.
Para más información acerca de la documentación necesaria, ponte en contacto con Gestivisas.
Visado para trabajador altamente cualificado: Visado para realizar una actividad laboral por cuenta ajena en España como profesional altamente cualificado, directivo de empresas que cumplan determinadas condiciones establecidas en la normativa vigente o como graduado o postgraduado de universidades y escuelas de negocio de reconocido prestigio.
Visado para traslado intraempresarial: Visado para realizar una actividad laboral por cuenta ajena en España como directivo, especialista o trabajador en formación, para la ejecución de un contrato o por una relación profesional, cuando el traslado se produzca dentro de la misma empresa o grupo de empresas.
Documentación necesaria
- Pasaporte en vigor.
- Autorización de residencia.
- Certificado de antecedentes penales.
- Prueba la identidad y capacidad del representante: si se solicita el visado a través de representante.
Para más información acerca de la documentación necesaria, ponte en contacto con Gestivisas.
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